Lista de sustancias prohibidas en el deporte

Sustancias prohibidas, están gestionadas por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) que se estableció en 1999 como una agencia internacional independiente compuesta y financiada a partes iguales por el movimiento deportivo y los gobiernos del mundo. Sus actividades principales son la investigación científica, la educación, el desarrollo de las capacidades de lucha contra el dopaje, y el seguimiento de la Lucha contra el Código Mundial Antidopaje (Código) – el documento de armonización de las políticas de lucha contra el dopaje en todos los deportes y todos los países.

Puedes consultar el PDF completo inclusive las sustancias y métodos prohibidos en competición.

Sustancias prohibidas

Métodos prohibidos

Sustancias no aprobadas

Todo fármaco no incluido en ninguna de las siguientes secciones de la Lista y sin
aprobación vigente por ninguna autoridad gubernamental regulatoria de la ;salud para
uso terapéutico en humanos (por ej. drogas en desarrollo clínico o preclínico o
discontinuadas, drogas de diseño, sustancias aprobadas solamente para uso veterinario)
están siempre prohibidas.

Agentes anabolizantes

Se prohíben los agentes anabolizantes.

1. ESTEROIDES ANABOLIZANTES ANDROGÉNICOS (EAA)

  • a. EAA exógenos*, entre ellos:
    • 1-Androstenediol (5α-androst-1-en-3β,17β-diol);
    • 1-Androstenediona (5α-androst-1-en-3,17-diona);
    • 1-Testosterona (17β-hidroxi-5α-androst-1-en-3-ona);
    • 4-Hidroxitestosterona (4,17β-dihidroxiandrost-4-en-3-ona);
    • 19-Norandrostendiona (ester-4-en-3,17-diona);
    • Bolandiol (estr-4-en-3β,17β-diol);
    • Bolasterona;
    • Boldenona;
    • Boldiona (androsta-1,4-dieno-3,17-diona);
    • Calusterona;
    • Clostebol;
    • Danazol ([1,2]oxazolo[4′,5′:2,3]pregna-4-en-20-in-17α -ol);
    • Dehidroclorometiltestosterona (4-cloro-17β-hidroxi-17α-metilandrosta-1,4-dien-3-ona);
    • Desoximetiltestosterona (17α-metil-5α-androst-2-en-17β-ol);
    • Drostanolona;
    • Estanozolol;
    • Estembolona;
    • Etilestrenol (19-norpregna-4-en-17α-ol);
    • Fluoximesterona;
    • Formebolona;
    • Furazabol (17α-metil-[1,2,5]oxadiazolo[3′,4′:2,3]-5α-androstan-17β-ol);
    • Gestrinona;
    • Mestanolona;
    • Mesterolona;
    • Metandienona (17β-hidroxi-17α-metilandrosta-1,4-dien-3-ona);
    • Metandriol;
    • Metasterona (17β-hidroxi 2α, 17α-dimetil-5α-androstan-3-ona);
    • Metenolona;
    • Metildienolona (17β-hidroxi-17α-metilestra-4,9-dien-3-ona);
    • Metil-1-testosterona (17β-hidroxi-17α-metil-5α-androst-1-en-3-ona);
    • Metilnortestosterona (17β-hidroxi-17α-metilestr-4-en-3-ona);
    • Metiltestosterona;
    • Metribolona (metiltrienolona, 17β-hidroxi-17α-metilestra-4,9,11-trien-3-ona);
    • Mibolerona;
    • Nandrolona;
    • Norboletona;
    • Norclostebol;
    • Noretandrolona;
    • Oxabolona;
    • Oxandrolona;
    • Oximesterona;
    • Oximetolona;
    • Prostanozol (17β-[(tetrahidropiran-2-il)oxi]-1’Hpirazolo[3,4:2,3]-5α-androstan);
    • Quimbolona;
    • Tetrahidrogestrinona (17-hidroxi-18a-homo-19-nor-17αpregna-4,9,11-trien -3-ona);
    • Trembolona (17β-hidroxiester-4,9,11-trien-3-ona);
    • y otras sustancias con estructura química o efectos biológicos similares..
  • b. EAA endógenos** administrados exógenamente:
    • Androstendiol (androst-5-en-3β,17β-diol);
    • Androstendiona (androst-4-en-3,17-diona);
    • Dihidrotestosterona (17β-hidroxi-5α-androstan-3-ona);
    • Prasterona (dehidroepiandrosterona,
      DHEA,3β-hidroxiandrost-5-en-17-ona);
    • Testosterona;
      y sus metabolitos e isómeros, que incluyen pero no se limitan a:

      • 3β-Hidroxi-5α-androstan-17-ona;
      • 5α-Androstan-3α,17α-diol;
      • 5α-Androstan-3α,17β-diol;
      • 5α-Androstan-3β,17α-diol;
      • 5α-Androstan-3β,17β-diol;
      • 5β-Androstan-3α,17β-diol;
      • 7α -Hidroxi-DHEA;
      • 7β -Hidroxi-DHEA;
      • 4-Androstendiol (androst-4-en-3β,17β-diol);
      • 5-Androstendiona (androst-5-en-3,17-diona);
      • 7-Ceto-DHEA;
      • 19-Norandrosterona;
      • 19-Noretiocolanolona;
      • Androst-4-en-3α,17α-diol;
      • Androst-4-en-3α,17β-diol;
      • Androst-4-en-3β,17α-diol;
      • Androst-5-en-3α,17α-diol;
      • Androst-5-en-3α,17β-diol;
      • Androst-5-en-3β,17α-diol;
      • Androsterona;
      • Epi-dihidrotestosterona;
      • Epitestosterona;
      • Etiocolanolona;

2. OTROS AGENTES ANABOLIZANTES

Incluyen pero no se limitan a:
Clenbuterol, moduladores selectivos del receptor de andrógeno (SARMs, p. ej. andarina y ostarina), tibolona, zeranol y zilpaterol.

NOTA

A efectos de esta sección:
* “exógeno” se refiere a una sustancia que, generalmente, el cuerpo no puede producir de forma natural.
** “endógeno” se refiere a una sustancia que el cuerpo puede producir de forma natural.

Hormonas peptídicas, factores de crecimiento, sustancias afines y miméticos

Las siguientes sustancias, y otras sustancias con estructura química o
efectos biológicos similares, están prohibidas:

  1. Agonistas del receptor de la eritropoyetina:
    1. Agentes estimulantes de la eritropoyesis (ESAs) incluyendo p. ej.
      Darbepoyetina (dEPO);
      Eritropoyetinas (EPO);
      EPO-Fc;
      Péptidos miméticos de la EPO (EMP), p. ej. CNTO 530 y peginesatide;
      Metoxi-polietilenglicol epoyetina beta (CERA).
    2. Agonistas no-eritropoyéticos del receptor de la EPO, p. ej.
      ARA-290;
      Asialo-EPO;
      EPO Carbamilada.
  2. Estabilizadores del factor inducible por hipoxia (HIF), p. ej. cobalto y FG-4592; y activadores del HIF p. ej. argón y xenón;
  3. Gonadotrofina coriónica (CG) y Hormona Luteinisante (LH) y sus factores de liberación, p. ej. buserelina, gonadorelina y leuprorelina, prohibidos sólo para hombres;
  4. Corticotrofinas y sus factores de liberación, p. ej. corticorelina;
  5. Hormona de Crecimiento (GH) y sus factores de liberación incluyendo:
    Hormona de Liberación de la Hormona de Crecimiento (GHRH) y sus análogos, p. ej. CJC-1295, sermorelinay tesamorelina; Secretagogos de la Hormona de Crecimiento (GHS), p. ej. grelina y miméticos de grelina, p. ej. anamorelina e ipamorelina; Péptidos Liberadores de la Hormona de Crecimiento (GHRPs), p. ej. alexamorelina, GHRP-6, hexarelina y pralmorelina (GHRP-2).
    Factores de crecimiento prohibidos adicionales:
    Factor de Crecimiento Derivado de Plaquetas (PDGF);
    Factor de Crecimiento de Tipo Insulínico-I (IGF-I) y sus análogos como el IGF-1 LR3;
    Factores de Crecimiento Fibroblásticos (FGFs);
    Factor de Crecimiento del Endotelio Vascular (VEGF);
    Factor de Crecimiento de Hepatocitos (HGF);
    Factores Mecánicos de Crecimiento (MGF) y cualquier otro factor de crecimiento que afecte la síntesis∕degradación proteica del músculo, tendón o ligamento, la vascularización, la utilización de energía, la capacidad regenerativa o el cambio de tipo de fibra muscular.

Agonistas Beta 2

Todos los agonistas beta-2 incluidos todos los isómeros ópticos p. ej. d- y l- cuando corresponda, están prohibidos.

Excepto:

  • salbutamol por inhalación (dosis máxima 1600 microgramos por 24 horas);
  • formoterol por inhalación (dosis máxima liberada 54 microgramos por 24 horas) y
  • salmeterol por inhalación de acuerdo al régimen terapéutico recomendado por el fabricante.

La presencia urinaria de salbutamol en una concentración mayor de 1000 ng/mL o de formoterol en una concentración mayor de 40 ng/mL se presume de no ser consecuencia del uso terapéutico de la sustancia y por tanto se considerará un Resultado Analítico Adverso (RAA) a menos que el (la) Deportista demuestre por medio de un estudio farmacocinético controlado que el resultado anormal fue consecuencia del uso de una dosis terapéutica por inhalación no mayor que la indicada anteriormente.

Moduladores hormonales y metabólicos

Los moduladores hormonales y metabólicos siguientes están prohibidos:

  1. Inhibidores de la aromatasa, que incluyen pero no se limitan a:
    • 4-Androsten-3,6,17 triona (6-oxo);
    • Aminoglutetimida;
    • Androsta-1,4,6-trien-3,17-diona (androstatriendiona);
    • Anastrozol;
    • Exemestano;
    • Formestano;
    • Letrozol;
    • Testolactona.
  2. Moduladores selectivos de los receptores de estrógeno (SERMs), que incluyen pero no se limitan a:
    • Raloxifeno;
    • Tamoxifeno;
    • Toremifeno.
  3. Otras sustancias antiestrogénicas, que incluyen pero no se limitan a:
    • Clomifeno;
    • Ciclofenil;
    • Fulvestrant.
  4. Agentes modificadores de la(s) función(es) de la miostatina, que incluyen pero no se limitan a: inhibidores de miostatina.
  5. Moduladores metabólicos:
    1. Activadores de la proteína kinasa activada por la AMP (AMPK), p. ej. AICAR; y agonistas del Receptor Activado por Proliferadores de Peroxisomas δ (PPARδ), p.ej. GW 1516;
    2. Insulinas e insulino-miméticos;
    3. Meldonium;
    4. Trimetazidina.

Diuréticos y agentes enmascarantes

Los diuréticos y agentes enmascarantes siguientes están prohibidos, al igual que otras sustancias con estructura química o efectos biológicos similares.

Incluyen pero no se limitan a:

  • Desmopresina; probenecida; expansores del plasma, p. ej., glicerol y administración endovenosa de albúmina, dextrano, hidroxietilalmidón y manitol;
  • Acetazolamida; ácido etacrínico; amilorida; bumetanida; canrenona; clortalidona; espironolactona; furosemida; indapamida; metolazona; tiazidas, p. ej. bendroflumetiazida, clorotiazida e hidroclorotiazida; triamterene y vaptanes, p. ej., tolvaptán.

Excepto:

  • Drospirenona; pamabrom; y uso oftálmico de los inhibidores de la anhidrasa carbónica (p. ej. la dorzolamida y la brinzolamida).
  • Administración local de felipresina en anestesia dental. La detección en una Muestra del Deportista en todo momento o en competición, según corresponda, de cualquier cantidad de las siguientes sustancias
    umbral: formoterol, salbutamol, catina, efedrina, metilefedrina y pseudoefedrina, en combinación con un diurético u agente enmascarante será considerada como un Resultado de Análisis Anormal salvo si el Deportista posee una Autorización de Uso Terapéutico para dicha sustancia además de aquella otorgada para el diurético u agente enmascarante.

Manipulación de sangre y componentes sanguíneos

Lo siguiente está prohibido:

  1. La Administración o reintroducción de cualquier cantidad de sangre autóloga, alogénica (homóloga)
    o heteróloga o de productos de hematíes de cualquier origen en el sistema circulatorio.
  2. Mejora artificial de la captación, el transporte o la transferencia de oxígeno. Incluye pero no se limita a: productos químicos perfluorados; efaproxiral (RSR13) y los productos de hemoglobina modificada, p. ej., productos basados en sustitutos de la hemoglobina o en hemoglobina microencapsulada, excluyendo el oxígeno suplementario.
  3. Cualquier forma de manipulación intravascular de la sangre o componentes

Manipulación química y física.

Lo siguiente está prohibido:

  1. La Manipulación, o el Intento de Manipulación, con el fin de alterar la integridad y validez de las Muestras tomadas durante el Control Antidopaje. Incluye, pero no se limita a: La sustitución y/o adulteración de la orina, p. ej. proteasas.
  2. Las infusiones intravenosas y/o inyecciones de más de 50 mL cada 6 horas excepto aquellas legítimamente recibidas en el curso de admisiones hospitalarias, procedimientos quirúrgicos o exámenes clínicos.

Dopaje genético

Lo siguiente, con el potencial de mejorar el rendimiento deportivo, está prohibido:

  1. La transferencia de polímeros de ácidos nucleicos o análogos de ácidos nucleicos;
  2. El uso de células normales o genéticamente modificadas.